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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas
de la Ciudad de México

DCS/165/2025

 

  • La resolución de este expediente fue propuesta por la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina durante la cuadragésima sesión ordinaria del Pleno.
  • El caso visibiliza la importancia de la transparencia gubernamental en la modificación de espacios públicos y en el equilibrio entre desarrollo urbano y derechos ciudadanos.

 

La Comisionada Ciudadana del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX), María del Carmen Nava Polina, presentó durante la cuadragésima sesión ordinaria del Pleno la resolución de un expediente, relativo a una solicitud de información sobre los trabajos que se realizan en el área donde se ubicaba el lago artificial de la Ciudad Deportiva Magdalena Mixhuca, en la Alcaldía Iztacalco.

Explicó que la persona solicitante pidió conocer la descripción de las obras, su perímetro, las instituciones responsables, el objetivo del proyecto, si será un espacio gratuito o concesionado, la manifestación de impacto ambiental, el costo y partida presupuestal, así como los materiales utilizados. Sin embargo, la Alcaldía respondió que no contaba con atribuciones sobre el tema y orientó a la persona a dirigir su solicitud a la Jefatura de Gobierno, lo que motivó la inconformidad.

Durante el análisis, la ponencia de la Comisionada Nava Polina determinó que la queja era fundada, ya que la autoridad local no agotó el trámite previsto en la Ley. En su revisión, se identificó que la propia Alcaldía compartió un enlace a una publicación de la Secretaría de Obras y Servicios (SOBSE), en la que se informaba que en la zona se construye una “Utopía”, por lo que correspondía remitir la solicitud a dicha dependencia y no a la Jefatura de Gobierno.

Por ello, el Pleno del INFO CDMX revocó la respuesta de la Alcaldía Iztacalco y le instruyó turnar la solicitud a la Secretaría de Obras y Servicios en un plazo de 10 días hábiles, a fin de que se proporcione la información dentro de su ámbito de competencia.

La Comisionada Nava Polina destacó que el lago artificial, construido en 2018 con una superficie de 40 mil metros cuadrados, profundidad de 1.6 metros y un volumen de 64 mil metros cúbicos, fue concebido como un espacio para deportes acuáticos y actividades recreativas. Sin embargo, el proyecto resultó inviable ante la falta de agua potable disponible, en un contexto donde la región hidrológica del Valle de México presenta una presión sobre el recurso hídrico del 128.6%, según datos de la CONAGUA.

Asimismo, señaló que el caso permite reflexionar sobre la transformación de los espacios públicos en la Ciudad de México y la necesidad de informar con claridad los fundamentos, motivos y características de los proyectos que sustituyen áreas verdes o deportivas por nuevos desarrollos urbanos.

“Las instituciones encargadas de administrar los inmuebles públicos deben transparentar las razones y condiciones de los cambios en su uso. La transparencia es una obligación, pero también una herramienta para que las personas conozcan los motivos de la acción de gobierno y puedan evaluarla”, subrayó Nava Polina.

Durante su intervención, la Comisionada también explicó que, con las recientes reformas a la Ley General de Transparencia, las personas que no estén conformes con una resolución de este órgano autónomo podrán presentar un juicio de amparo ante el Poder Judicial de la Federación, salvo que el caso involucre recursos federales. Por ello, presentó una ruta actualizada para guiar a la ciudadanía sobre los nuevos mecanismos de impugnación.

Finalmente, la Comisionada recordó que en otros países existen buenas prácticas en materia de planeación y rendición de cuentas, como el caso del Condado de Los Ángeles, California, donde se publican en línea todos los cambios de uso de suelo aprobados o en estudio, lo que permite a la población conocer y evaluar las decisiones gubernamentales.

“Este caso refleja que la acción de las autoridades debe buscar un equilibrio entre las necesidades sociales, ambientales y urbanas, garantizando siempre el derecho de acceso a la información como principio de transparencia y confianza pública”, concluyó.